Así es la ayuda de 1.134 euros de Madrid: requisitos, plazos y cómo solicitarla
Para hogares con recursos económicos insuficientes
La Comunidad de Madrid ha querido arrancar el año con buen pie y ha lanzado una ayuda económica para las personas o familias con recursos escasos, es decir, que se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica y que nada tiene que ver con el subsidio para mayores de 52 años o el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Se trata de la Renta Mínima de Inserción (RMI), una prestación de la autonomía vigente desde 2002 y establecida por la Ley 15/2001 que tiene como objetivo "garantizar a quienes lo necesiten unos ingresos básicos para que la unidad familiar pueda satisfacer las necesidades básica de la vida y prestar apoyo a la inserción social y laboral".
La cuantía asciende a un máximo de 1.134 euros, aunque la cantidad puede varias en función de la situación del núcleo de convivencia: una persona que viva sola, sin otros ingresos, percibiría 469,93 euros al mes, dos personas 587,41 euros y tres personas 662,52 euros. Ahora bien, se concede solo a una persona por unidad de convivencia y solo una determinada porción de la población puede acceder a esta ayuda.
Requisitos para acceder a la RMI en Madrid
Antes de proceder a la solicitud para la ayuda que proporciona la Comunidad de Madrid, es necesario cumplir con los requisitos que impone la comunidad autónoma:
- Residir de forma permanente y estar empadronado en la Comunidad de Madrid el año inmediatamente anterior a la solicitud
- Ser mayor de 25 años y menor de 65 en la fecha de la solicitud. También pueden acceder a la ayuda las personas que se encuentren en las siguientes situaciones:
- Ser menor de 25 o mayor de 65 y tener menores o personas con discapacidad (en grado igual o superior a 45%) a su cargo.
- Tener entre 18 y 25 años y concurrir alguna de las siguientes circunstancias:
a) Haber estado tutelado por la Comunidad de Madrid hasta alcanzar la mayoría de edad (la solicitud podrá formularse en los cuatro meses inmediatamente anteriores al cumplimiento de la edad de 18 años)
b) Orfandad absoluta.
c) Grave exclusión social.
d) Ser víctima de violencia en el ámbito familiar o de violencia de género
e) Participar en un Programa de Inclusión expresamente reconocido por la Consejería de Asuntos Sociales.
- Constituir una unidad de convivencia con una antelación mínima de 6 meses
- Carecer de recursos económicos suficientes para hacer frente a las necesidades básicas de la vida: cuando los ingresos a la cuantía de la Renta Mínima de Inserción aplicable en función del número de miembros que integran la unidad de convivencia.
- Tener escolarizados a los menores que formen parte de la unidad de convivencia
- Haber solicitado a los organismos correspondientes, las pensiones y prestaciones a que la persona solicitante y los miembros de la unidad familiar pudieran tener derecho
Cómo solicitar la ayuda de la Comunidad de Madrid
Para poder solicitar esta ayuda si cumples las condiciones requeridas, se puede hacer de forma física acudiendo al centro municipal de servicios sociales que corresponda al domicilio del solicitante o en la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (c/ O’Donnell, 50), donde se necesita de cita previa. Además, puedes tramitar la petición de forma telemática, aunque en este caso es necesario disponer de una firma electrónica reconocida por la CAM.
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