Esta es la multa que podrían ponerte si vives en un sitio de España, pero estás empadronado en otro
El BOE ha anunciado nuevas medidas sobre el padrón municipal
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha querido recordar la obligación de estar empadronado en tu municipio que se recoge en el Real Decreto 1690/1986, del 11 de julio, que aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales. No seguir esta regla puede resultar en multas económicas, cuyo monto depende del tamaño de la localidad. Este registro es crucial para acceder a servicios públicos esenciales, así como para la adecuada distribución de recursos municipales y la participación en elecciones.
Las multas por no estar empadronado donde vives
Las personas que no cumplan con estas disposiciones, vigentes desde 1986, pueden estar cometiendo una infracción de las ordenanzas municipales. Esto permite al ayuntamiento correspondiente imponer multas que van desde tres euros hasta 150 euros en localidades con más de 500.000 habitantes. Las ciudades con una población entre 50.000 y 500.000 habitantes pueden imponer multas de hasta 90 euros, y aquellas con una población entre 20.001 y 50.000 habitantes también pueden multar por no estar empadronado donde se reside.
¿Cómo empadronarse? Todos los pasos que hay que seguir
No tiene mucha dificultad empadronarse en la ciudad donde vives, menos aún desde que la mayoría de trámites se pueden hacer a través de la sede electrónica vía certificado digital. No obstante, a continuación te dejamos todos los pasos a seguir, así como la documentación necesaria.
En primer lugar, deberás solicitar cita previa a través de la página web del municipio, por teléfono o por el chat en línea de cada ciudad.
En cuanto a la documentación para realizar el empadronamiento, se solicitará:
- Solicitud de empadronamiento: Descarga la Hoja Padronal disponible en el apartado Modelos de formularios. Rellénela con letra mayúscula con los datos de cada persona que se quiere empadronar. Todas las personas mayores de edad deben firmar, la firma debe ser manuscrita.
- Documentos de identidad: Llevar consigo DNI para las personas con nacionalidad española y para aquellas con nacionalidad extranjera el NIE.
- Documentos que acreditan la representación: Si una persona necesita que otra le realice el trámite deberá presentar un escrito de autorización, el documento de identidad original de la persona que realiza el trámite y del representado.
- Documentos que acrediten el uso de la vivienda: Habrá que presentar alguno de los siguientes documentos: última factura, contrato de suministro, contrato de alquiler en vigor de vivienda o habitación o escritura o copia simple de propiedad de la vivienda, contrato de compraventa o nota simple del Registro de la Propiedad.
Además, tendrás que descargar la solicitud de empadronamiento y rellenarla con letras mayúsculas y con todos los datos solicitados.